Le système juridique espagnol
PRIMERA PARTE: EL SISTEMA JUDICIAL ESPANOL, EL CONJUNTO DE JUZGADOS Y TRIBUNALES
Juzgados: unos órganos judiciales unipersonales (órganos tienen a un juez único). Son solo para la primera instancia (= primer grado de jurisdicción).
Tribunales: órganos judiciales colegiados (al menos tres jueces: el presidente de sala quien tiene una voz preponderante y dos jueces asesores.) Es una decisión de la mayoría o a la unanimidad.
Tribunales = audiencias
Instancias:
* La apelación * La casación (se juzga al nivel del derecho)
Derecho social: derecho del trabajo
Derecho penal: es una respuesta del Estado frente a un comportamiento delictivo (= delincuente)
Introducción: * El sistema judicial español es muy complejo
Complejidad viene del recorte judicial (= manera de recortar el territorio español con fines/objetivos judiciales que son definir cuáles son las competencias territoriales de los diferentes juzgados y tribunales.
La ley define 5 territorios: * El estado * Las comunidades autónomas (17) * La provincia * El partido judicial (recorte que no existe a fines administrativas sino a fines judiciales solo) * Los municipios rígidos por los ayuntamientos
* El sistema español tiene una organización jerárquica de las jurisdicciones
(cf. fiche)
Existe el consejo general del poder judicial (=órgano que administra todo el poder judicial español) * Nombra los leyes * Organiza el territorio judicial * Vela por el respecto de los deberes et de los derechos de los magistrados (ej.: imparcialidad)
Existen instrucciones militares: * Jerarquía
Los juzgados togados militaros = instrucción. Fase previa (antes) de la instrucción penal * Tribunales militares territoriales Situaciones * Tribunal militar central graves * Sala militar del tribunal supremo (= la casación)
Primera parte: El juzgado de paz (= el juez de paz)
Es un juzgado particular: *